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Fichaje y privacidad: qué datos se recogen y qué no

¿El control horario digital espía a los empleados? Muchos trabajadores se lo preguntan. La respuesta corta es no — y aquí explicamos por qué.

📅 Actualizado: abril 2026 ⏱ Lectura: 5 minutos

Contenido

  1. Qué datos recoge una app de fichaje
  2. Qué NO recoge una app de fichaje
  3. Qué dice el RGPD sobre el control horario
  4. ¿Y la geolocalización?
  5. Derechos del empleado sobre sus datos
  6. Preguntas frecuentes

Qué datos recoge una app de fichaje

Una aplicación de control horario registra únicamente lo necesario para cumplir con la obligación legal: saber cuántas horas ha trabajado cada persona y cuándo. Concretamente:

Eso es todo. No hay más. El registro horario es por su propia naturaleza un dato limitado: refleja cuándo alguien empieza y termina de trabajar, nada más.

📋 Dato clave: El registro horario es una obligación legal establecida por el RDL 8/2019. La empresa tiene una base jurídica legítima para tratar estos datos sin necesidad del consentimiento explícito del empleado, siempre que se informe correctamente de su existencia y finalidad.

Qué NO recoge una app de fichaje

Esta es la parte que más preocupa a los empleados, y donde conviene ser muy claro:

Una app de fichaje sabe que entraste a las 9:00 y saliste a las 17:00. No sabe qué hiciste entre medias.

Qué dice el RGPD sobre el control horario

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece que cualquier tratamiento de datos personales debe tener una base jurídica legítima. En el caso del registro horario, esa base es el cumplimiento de una obligación legal: el RDL 8/2019 obliga a las empresas a registrar la jornada, por lo que el tratamiento de los datos está justificado.

Esto significa que la empresa no necesita el consentimiento del empleado para implementar un sistema de control horario. Sí tiene otras obligaciones:

⚠️ Lo que sí requiere consentimiento: Si la empresa quiere usar el registro horario para otros fines —como análisis de productividad o compartir los datos con terceros no necesarios— sí necesitará una base jurídica adicional, que generalmente será el consentimiento explícito del empleado.

¿Y la geolocalización?

La geolocalización es el punto más sensible. Muchas apps de fichaje ofrecen la opción de registrar la ubicación en el momento exacto del fichaje, como medida para verificar que el empleado está donde dice estar.

Esto es legal bajo ciertas condiciones:

El seguimiento continuo de la ubicación durante toda la jornada es una cuestión distinta y mucho más restrictiva desde el punto de vista legal. El simple registro de dónde está el empleado cuando ficha es diferente y generalmente admisible.

Derechos del empleado sobre sus datos

Como en cualquier tratamiento de datos personales bajo el RGPD, el empleado tiene derecho a:

El derecho de supresión (derecho al olvido) tiene limitaciones en este caso: la empresa está obligada a conservar los registros durante 4 años por ley, por lo que no puede eliminarlos antes aunque el empleado lo solicite.

Preguntas frecuentes

¿Puede la empresa ver dónde estoy en todo momento?

No, si el sistema solo registra la ubicación en el momento del fichaje. El registro horario estándar no implica seguimiento continuo. Si tu empresa utiliza sistemas de seguimiento GPS permanente, eso es una cuestión distinta que tiene sus propias restricciones legales.

¿Puedo negarme a usar la app de fichaje?

El registro horario es una obligación legal. Como empleado, tienes la obligación de cooperar con el sistema que implemente tu empresa para cumplir con esa obligación. Negarse sin causa justificada puede ser considerado incumplimiento de tus obligaciones laborales.

¿Pueden compartir mis datos de fichaje con terceros?

Los datos de registro horario pueden compartirse con la gestoría o asesoría laboral de la empresa para la gestión de nóminas, lo cual está justificado por la relación contractual. Para otros usos o destinatarios, la empresa necesitaría una base jurídica adicional.

¿Qué pasa con los datos cuando dejo la empresa?

La empresa está obligada a conservar los registros durante 4 años desde su creación, independientemente de si el empleado sigue o no en la empresa. Pasado ese plazo, los datos deben eliminarse.

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Aviso legal: Este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y no constituye asesoramiento legal ni laboral. Para consultas específicas sobre tu situación, consulta con un asesor o gestor especializado en protección de datos.